De acuerdo con el Código Unico de Comercio de los Estados
Unidos, así como del derecho consuetudinario, si se almacenan
mercancías para un tercero, el grado de cuidado que debe tener
respecto de dichos artículos es el de un propietario razonable-
mente prudente.
En otras palabras, ¿cómo cuidaría usted los ar-
tículos si fuera el propietario? Básicamente, se trata de que si su
organización no toma las precauciones razonables para proteger
los artículos, se hace legalmente responsable de su pérdida.
Si usted almacena artículos para su propia organización, le-
galmente debe actuar en el mejor interés de los accionistas de la
compañía.
Una vez más la pregunta será: ¿Actuó usted de ma-
nera razonable?
Las precauciones que tome para casos de emergencia y de-
sastres contribuyen a cumplir con sus obligaciones legales de
cuidar los bienes a su servicio o custodia.
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